Calculadora retención IRPF 2026: cuánto te retienen
Cuánto te retienen: el tipo de retención del IRPF en tu nómina depende de tu sueldo bruto anual, de tu situación personal y familiar y del tipo de contrato, y se calcula con el procedimiento general del artículo 82 del Reglamento del IRPF y los valores oficiales de 2026. Esta calculadora, actualizada a 8 de julio de 2026, te da tu porcentaje de retención, lo que te descuentan cada mes y tu salario neto aproximado.
El resultado es un pago a cuenta: lo que la empresa adelanta a Hacienda en tu nombre cada mes. No es un impuesto aparte. Si a lo largo del año te retienen de más, lo recuperas en la declaración de la renta; si te retienen de menos, tendrás que abonar la diferencia. El porcentaje no incluye comisiones ni casos particulares como las pensiones compensatorias.
| Salario bruto anual | Tipo de retención | Retención mensual |
|---|---|---|
| 16.000 | 0 % | 1 € |
| 20.000 | 0,1 % | 97 € |
| 24.000 | 0,1 % | 232 € |
| 28.000 | 0,2 % | 312 € |
| 32.000 | 0,2 % | 392 € |
| 36.000 | 0,2 % | 472 € |
| 40.000 | 0,2 % | 553 € |
| 44.000 | 0,2 % | 652 € |
| 48.000 | 0,2 % | 751 € |
| 52.000 | 0,2 % | 850 € |
| 56.000 | 0,2 % | 949 € |
| 60.000 | 0,2 % | 1047 € |
| 64.000 | 0,3 % | 1151 € |
| 68.000 | 0,3 % | 1268 € |
| 72.000 | 0,3 % | 1397 € |
| 76.000 | 0,3 % | 1525 € |
| 80.000 | 0,3 % | 1654 € |
Qué cambia en la retención de IRPF en 2026
En 2026 los parámetros que determinan la retención de IRPF en la nómina —la escala estatal, los mínimos personales y familiares y los límites para no retener— se mantienen idénticos a 2025. El cambio relevante llega por otra vía: el Real Decreto-ley 5/2026 crea una deducción de 590,89 € que deja al perceptor del SMI (17.094 €) con 0 € de IRPF en el conjunto del año, según el Ministerio de Hacienda.
El SMI de 2026 sube a 17.094 € brutos anuales (1.221 € en 14 pagas), un 3,1 % más que los 16.576 € de 2025. Como el límite por debajo del cual no se retiene (15.876 € para un soltero sin hijos) no se actualizó al mismo ritmo, la empresa sí puede practicar una pequeña retención mensual a quien cobra el SMI. La exención llega ahora por otro camino: el Real Decreto-ley 5/2026 (art. 28), publicado en el BOE el 19 de febrero de 2026 y con efectos desde el 1 de enero de 2026, modifica la disposición adicional 61.ª de la Ley 35/2006 del IRPF (LIRPF) para crear una deducción por rendimientos del trabajo de 590,89 € para rentas de hasta 17.094 € anuales. Esa deducción decrece de forma progresiva hasta 20.048,45 € según la fórmula 590,89 − 0,2 × (rendimientos − 17.094) y exige no obtener otras rentas no exentas superiores a 6.500 €. Es una deducción en la cuota que se aplica en la declaración anual de la renta: no reduce la base imponible ni anula la retención de la nómina, sino que el trabajador recupera al declarar lo que la empresa le haya retenido durante el año. Efecto neto, según el Ministerio de Hacienda: quien cobra el SMI 2026 acaba pagando 0 € de IRPF en el conjunto del ejercicio, aunque su nómina haya tenido una pequeña retención mensual.
Un mito frecuente: la retención de la nómina no depende de tu comunidad autónoma. El tipo se calcula con una escala estatal única (artículo 85 del Reglamento del IRPF); las diferencias entre comunidades afectan a la cuota de la declaración anual, no a lo que la empresa te descuenta cada mes. Por eso esta calculadora no incluye un selector de comunidad, al contrario que varias herramientas de la competencia.
Tablas oficiales de la retención de IRPF 2026
Estas son las cifras que utiliza la calculadora. El tipo crece por tramos: del 19 % en los primeros 12.450 € hasta el 47 % a partir de 300.000 €. Los mínimos personales y familiares y los límites para no retener son los mismos que en 2025.
Escala de retención (rendimientos del trabajo)
| Base para calcular el tipo (€) | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 12.450 | 19 % |
| 12.450 – 20.200 | 24 % |
| 20.200 – 35.200 | 30 % |
| 35.200 – 60.000 | 37 % |
| 60.000 – 300.000 | 45 % |
| Desde 300.000 | 47 % |
Fuente: AEAT — Cuadro de tipos de retención IRPF 2026 (art. 101.1 LIRPF).
Límites para no retener según tu situación
Por debajo de estos importes la empresa no practica retención (artículo 81 del Reglamento del IRPF).
| Situación del trabajador | 0 hijos | 1 hijo | 2 o más |
|---|---|---|---|
| 1. Soltero/viudo/divorciado con hijos | — | 17.644 € | 18.694 € |
| 2. Cónyuge con rentas inferiores a 1.500 € | 17.197 € | 18.130 € | 19.262 € |
| 3. Otras situaciones | 15.876 € | 16.342 € | 16.867 € |
Fuente: Reglamento del IRPF (RD 439/2007), art. 81.
Mínimo personal y familiar 2026
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Mínimo del contribuyente | 5.550 € |
| + 65 años o más | 1.150 € |
| + 75 años o más (adicional) | 1.400 € |
| 1.º hijo | 2.400 € |
| 2.º hijo | 2.700 € |
| 3.º hijo | 4.000 € |
| 4.º y siguientes | 4.500 € |
| + hijo menor de 3 años | 2.800 € |
Fuente: AEAT — Mínimo personal y familiar (arts. 57-58 LIRPF).
Mínimo por ascendientes y por discapacidad 2026
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Ascendiente de 65 años o más | 1.150 € |
| Ascendiente de 75 años o más | 2.550 € |
| Discapacidad del 33 % al 64 % | 3.000 € |
| Discapacidad del 65 % o más | 9.000 € |
Fuente: AEAT — Cuantías de los mínimos (arts. 59-60 LIRPF).
Cómo se calcula tu retención de IRPF
La retención no se aplica directamente sobre el bruto. Primero se resta de tu sueldo la cotización a la Seguridad Social, 2.000 € de gastos y la reducción por rendimientos del trabajo; sobre esa base se aplica la escala estatal, y al resultado se le descuenta lo que esa misma escala daría sobre tu mínimo personal y familiar (art. 82 y 85 del Reglamento del IRPF).
Con un sueldo de 30.000 € brutos, soltero y sin hijos con contrato indefinido, el cálculo es así:
- Cotización a la Seguridad Social (6,50 %): 1.950 €.
- Otros gastos deducibles: 2.000 €. A ese nivel de renta, la reducción del artículo 20 es prácticamente nula.
- Base para calcular el tipo: aproximadamente 26.050 €.
- Se aplica la escala a esa base y se le resta la escala sobre el mínimo personal de 5.550 €: cuota de retención de unos 4.926 €.
- Tipo de retención: 4.926 € ÷ 30.000 € = 16,4 %, es decir, unos 352 € al mes en 14 pagas.
Existen además tipos fijos al margen del algoritmo: un 2 % para contratos de duración inferior al año y un 35 % o 19 % para consejeros y administradores, según la cifra de negocio de la empresa.
¿Te has preguntado alguna vez por qué dos personas con el mismo sueldo bruto pueden cobrar un neto distinto cada mes?
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué sueldo empiezan a retenerme IRPF?
Depende de tu situación familiar. Un trabajador soltero y sin hijos (situación general) empieza a tener retención de IRPF por encima de 15.876 € brutos anuales; con un hijo, el umbral sube a 16.342 €. Quien cobra el salario mínimo (17.094 € en 2026) puede tener una pequeña retención en la nómina, pero queda exento de IRPF en el conjunto del año gracias a la deducción de 590,89 € del Real Decreto-ley 5/2026, un importe que recupera al presentar la declaración de la renta.
¿Cambia la retención según la comunidad autónoma?
No. La retención de la nómina se calcula con una escala estatal única (art. 85 del Reglamento del IRPF), igual en toda España. Las diferencias entre comunidades autónomas afectan a la cuota de la declaración anual de la renta, no a lo que la empresa te descuenta cada mes. País Vasco y Navarra, con normativa foral propia, son la excepción: ahí el resultado es solo orientativo.
¿Qué es el modelo 145 y para qué sirve?
Es el formulario de la Agencia Tributaria (AEAT) con el que comunicas a tu empresa tu situación personal y familiar: hijos, ascendientes a cargo, discapacidad o pensiones compensatorias. La empresa lo usa para fijar tu tipo de retención. Debes actualizarlo cuando cambien tus circunstancias para que la retención de tu nómina se ajuste.
¿Cómo influyen los hijos en la retención de IRPF?
Cada hijo aumenta tu mínimo familiar (2.400 € el primero, 2.700 € el segundo y más a partir del tercero), y ese mínimo reduce la cuota de retención. Por eso, a igualdad de sueldo, una persona con hijos tiene un tipo de retención menor que otra sin hijos.
¿Qué retención se aplica a un contrato temporal de menos de un año?
En los contratos de duración inferior al año se aplica un tipo mínimo del 2 %, salvo que el resultado del algoritmo general sea superior, en cuyo caso se usa ese. El tipo de cotización a la Seguridad Social también es ligeramente distinto (6,55 % frente a 6,50 % del indefinido).
¿Por qué me retienen distinto que a un compañero con el mismo sueldo?
Porque la retención depende de tu situación personal, no solo del bruto: número de hijos, ascendientes a cargo, edad, grado de discapacidad o tipo de contrato. Dos personas con el mismo salario y distinta situación familiar tienen tipos de retención diferentes.
¿Qué pasa si tengo dos pagadores?
Cada pagador te retiene según el algoritmo aplicado solo a lo que él te paga, por lo que la suma suele quedarse corta frente a tu IRPF real. No cambia el tipo que aplica cada empresa, pero sí puede obligarte a declarar y a pagar la diferencia en la declaración de la renta. Conviene revisarlo con la AEAT.
Verificado conforme a la legislación española vigente · hechos verificados el 14/8/2026 · TrendBite ES Legal-QC
- – Actualizada la exención del SMI en el IRPF de 2026: nueva deducción de 590,89 € del RD-ley 5/2026, aplicada en la declaración anual de la renta.
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- Publicado: 21/6/2026
- Fuentes: 7 fuentes oficiales (sede.agenciatributaria.gob.es, iberley.es, sepe.es, ine.es, boe.es)
- Última verificación de los hechos conforme a la legislación vigente: 14/8/2026
- Última actualización del contenido: 8/7/2026
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